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Que cubre una Póliza de Integral de Consorcio:
La
póliza de Integral de Consorcio cubre aquellos
edificios que son ocupados principalmente por viviendas
y/u oficinas. Se podrá cubrir una póliza
única los riesgos de:
•
Incendio
• Robo
• Cristales
• Responsabilidad Civil
• Daños por Agua
Cobertura
Básica
La
Cobertura Básica consistirá en las coberturas
de:
•
Incendio Edificio
• Cristales
• Responsabilidad Civil Comprensiva
Medida
de la Prestación:
La
Cobertura de Incendio (con los riesgos opcionales a incendio
si correspondieran) se aplicará a prorrata. Las
demás coberturas se aplicarán a primer riesgo
absoluto.
Condiciones
de Asegurabilidad
•
La construcción del Edificio es de material incombustible.
• La antigüedad del edificio no supera 50 años.
• La propiedad cuenta con material de matafuegos
en cada piso.
• Ningún local en el edificio se dedica o
se involucra en productos combustibles, inflamables, explosivos,
pirotecnia, discotecas, salones bailables, u organización
políticas o gremiales.
• Para RC Ascensores : Cumplimiento con las disposiciones
vigentes con respecto al mantenimiento y uso de los ascensores.
• Para RC Calderas : Cumplimiento con las disposiciones
vigentes con respecto al mantenimiento y uso de las calderas.
Si el riesgo está ubicado en Capital Federal, se
requiere la siguiente documentación :
Dos
originales firmados y sellados del anexo 2 de la ordenanza
municipal 33677.
Certificado de habilitación profesional del consejo
profesional.
Riesgos
Opcionales
•
Huracán , Vendaval, Ciclón o Tornado, Granizo,
Incendio y Daños Materiales por Terremoto o Temblor
.
Que es a PRORRATA ?
“
Si el valor asegurado es inferior al valor asegurable,
el asegurador solo indemnizará el daño en
la proporción que resulte de ambos valores, salvo
pacto contrario. ”
• INDEMNIZACIÓN = DAÑO * SUMA ASEGURADA
VALOR RIESGO
EJEMPLO
•
DAÑO $ 20.000.-
• SUMA ASEGURADA $ 50.000.-
• VALOR RIESGO $ 100.000.-
•
$ 20.000 * 50.000 = INDEMNIZACIÓN $ 10.000.-
$100.000
Que es a PRIMER RIESGO ABSOLUTO ?
“
En caso de siniestro se indemnizará hasta el daño
real sufrido y como máximo hasta el limite de la
suma asegurada.”
Esta
forma de indemnización ( en Robo ) se utiliza para
casos de bienes en los que la mayor factibilidad siniestral
corresponde a daños parciales, por ejemplo en un
comercio minorista con gran cantidad de mercadería
la posibilidad de que se produzca un robo total no es
muy frecuente dado la infraestructura que deberían
tener los delincuentes.
Son
siempre “ A PRIMER RIESGO ABSOLUTO ” los seguros
de Automotores, Robo de Valores ( en Tránsito o
en Caja ), Fidelidad de Empleados, Granizo, Ganado, Cristales,
y Responsabilidad Civil.
Ejemplo
de Liquidación
•
SUMA ASEGURADA $ 50.000.-
• DAÑO $ 20.000.-
• VALOR A RIESGO No Interesa
• INDEMNIZACIÓN $ 20.000.-
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